*Proceso de postulación comienza el lunes 11 de abril y se extiende hasta el 11 de mayo. Las postulaciones podrán efectuarse en Caja de Compensación Los Andes, entidad que administra el beneficio.
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8 de Abril de 2011.- Para el presente año, Codelco pone nuevamente a disposición un fondo de 2 mil becas de educación superior para hijos de trabajadores de empresas contratistas y subcontratistas que prestan servicios de manera exclusiva a la Corporación. Este es el cuarto año que Codelco entrega este beneficio, del que se han pagado un total de 5.000 becas.
Se trata de Becas de Excelencia Académica por un monto anual de $566.500 cada una, pagaderas en una única cuota en el mes de julio. El beneficio será administrado por Caja de Compensación Los Andes. El proceso de postulación comienza el próximo lunes 11 de abril y se extiende hasta el 11 de mayo.
Cada postulante debe cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento y ser alumno que inicie o esté cursando estudios de Educación Superior en cualquiera de los siguientes establecimientos educacionales reconocidos por el Ministerio de Educación; es decir, Universidades; Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, o Establecimientos de Educación Superior de las Fuerzas Armadas y de Orden.
Al momento de la postulación, el trabajador cuyo/a hijo/a aspira a esta beca, debe tener un contrato vigente con su empresa y prestar servicios de manera permanente, continua y exclusiva dentro de los recintos de las Divisiones y/o la Casa Matriz de Codelco.
Además, las empresas contratistas o subcontratistas deben cumplir con los siguientes requisitos:
- En el caso de empresas contratistas deben mantener, a la fecha de postulación, un contrato civil con Codelco cuya naturaleza sea la prestación de servicios permanentes, con un plazo mínimo de seis meses. Se excluyen los contratos civiles administrados por la Vicepresidencia de Proyectos o destinados a proveer servicios para esa Vicepresidencia.
- En el caso de empresas subcontratistas, a la fecha de postulación, deben mantener un contrato civil con una Empresa Contratista, conforme a los requisitos mencionados en el párrafo anterior y cuya naturaleza sea la prestación de servicios permanentes, con un plazo mínimo de seis meses. Se excluyen empresas subcontratistas que mantengan un contrato civil con una Empresa, cuyo contrato esté asociado a la Vicepresidencia de Proyectos.
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