Home   +562 2225 0164 info@portalminero.com

Síguenos

Skip to end of metadata
Go to start of metadata

Bolivia

Viernes 09 de Mayo de 2014.- El ministro de Minería, César Navarro, informó ayer que en el artículo 132 del proyecto de Ley de Minería y Metalurgia se incluyó el plazo de 90 días para dar celeridad en la aprobación de contratos mineros en la Asamblea Legislativa.

"El principio constitucional es que la Asamblea Legislativa debe aprobar los contratos que tienen que ver con la explotación de recursos naturales, no hay ningún contrato que no sea válido si el Órgano Legislativo no da su visto bueno. Lo único que nosotros hemos acordado, y se ratifica, es que la Asamblea tiene la obligatoriedad de tratar en un plazo no mayor a 90 días estos contratos, porque todo el proceso se inicia en el Ejecutivo”, afirmó.

La nueva redacción del artículo 132 de contratos sujetos a aprobación legislativa, que entregó la comisión redactora, entre ellos cooperativistas mineros, ministerios de Gobierno y de Minería, incluye que los contratos mineros se apruebe en un plazo no más de 90 días, de lo contrario se considerará una sanción automática.

Según Navarro, los contratos mineros inicialmente pasarán por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera y después por Sergeotecmin, luego de reunir todos los informes técnicos se remitirá a la Asamblea para su respectiva aprobación.

Pagina Siete

Portal Minero