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Sergio Hernández, director ejecutivo APRIMIN

Un breve análisis sobre las indicaciones parlamentarias al proyecto de ley sobre royalty minero.

Las tasas progresivas de royalty según precio del cobre, desde un 3% a un 75% sobre las ventas, son desproporcionadas y anticompetitivas con todos los distritos mineros del mundo, dejando a Chile lejos en el último lugar como país para inversiones mineras en base a la carga tributaria total (impuestos a las rentas, impuesto específico y royalty v/s PIB minero).

Sin considerar las tasas más altas que pueden llegar hasta el 75? las ventas, el solo hecho que se pueda aplicar una de las menores tasas de las aprobadas, de 15% sobre ventas en casos de precio cobre de US$2 a US$2,5 la libra y sus equivalentes en otras pastas, implica que esa minera recibiría por un precio de US$ 2,5 un valor de venta de US$ 2,365. Esto, en circunstancias que muchas tienen costos mayores, de forma que, precios superiores, afectados con tasas de royalty más altas (del 35 al 75%) a pesar de mejores precios no les permitiría recuperar sus pérdidas anteriores. En tal caso, es probable que cierren sus operaciones dejando miles de trabajadores cesantes, comunas con mayor pobreza, proveedores y contratistas locales cerrados o con ingresos menores. El efecto es que el Fisco recaudaría menos que si no se aplicaran las tasas propuestas.

Así, desde estas mineras no se recaudarían impuestos, ni de sus trabajadores, de contratistas, del comercio y otras; ni royalty de esas mineras que no seguirán operando si los precios bajan, lo que es normal en los mercados mineros. Con el actual precio promedio de US$4, una minera recibiría US$ 3,09 por libra de cobre, sobre lo cual, deducidos sus costos y gastos, se le aplicaría a ese resultado el impuesto a la renta y el impuesto específico (IEAM).

Además, al aplicar royalty a empresas cuyas ventas superen las 12.000 toneladas de cobre, afectará a las medianas, que operan con costos superiores a los US$ 2,365/lb, que dan empleo local en más del 85% y muchos proveedores locales de pequeño y mediano tamaño. Las inversiones serán severamente reducidas.

Este proyecto no ha reparado en estas consecuencias graves para el desarrollo humano nacional en el largo plazo, legislando sólo ante precios actuales. Tampoco incluye ajustes en los costos de las mineras, que suben año a año, dejando fijo el precio para la tasa a aplicar, lo que en el tiempo más mineras dejarán de operar. Por esa razón, el actual IEAM (el que no se está derogando, con lo cual de aprobarse este nuevo royalty aquél pasaría a ser discriminatorio), con tasas progresivas sobre las utilidades, es mejor herramienta para el desarrollo minero y el país.

No cabe duda que la exageración de las tasas que incluye este proyecto, constituye un tributo desproporcionado que, por tanto es inconstitucional y atenta, al ser la minería la actividad primaria por excelencia, al encadenamiento productivo del resto de las actividades del país.

Sergio Hernández, director ejecutivo APRIMIN

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