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Colombia

Viernes 31 de Enero de 2014.- El tribunal nombró conjuez para decidir sobre el pleito que pretende tumbar artículo que prohíbe a los entes territoriales restringir la minería.

La Sala Plena de la Corte Constitucional no ha logrado un consenso en torno a si las autoridades regionales, seccionales o locales pueden o no restringir el desarrollo de proyectos mineros en sus distintas localidades.

Este alto tribunal estudia la inexequibilidad del artículo 37 del código de minas vigente, que prohíbe a los entes territoriales establecer zonas excluidas de la minería, incluso en los planes de ordenamiento territorial.

La ponencia presentada por el magistrado Alberto Rojas Ríos, ante la Sala Plena, está a favor de declarar inexequible el artículo, es decir, darles autonomía a las autoridades seccionales, por considerar que deben ser “el órgano de representación popular más cercano a los ciudadanos el que participe en las decisiones sobre los principales asuntos de la vida de la comunidad”.

Como los magistrados del alto tribunal no lograron ponerse de acuerdo y la votación quedó empatada, la Sala nombró a un conjuez para que dirima el asunto.

La decisión se podría conocer en las próximas dos semanas, cuando la alta corte se vuelva a reunir.

En caso de que la votación sea positiva a la ponencia, los concejos municipales y las asambleas departamentales podrían frenar proyectos mineros que se planteen en sus jurisdicciones. Actualmente, estas decisiones sobre el subsuelo del país están en manos del Gobierno Nacional.

OPOSICIÓN A LA PONENCIA

Para el presidente de la Cámara Asomineros de la Andi, Eduardo Chaparro, si se declara inexequible el artículo, la Corte se contradiría a sí misma.

“En mayo del año pasado, la Corte emitió una sentencia sobre el mismo tema, y basada en jurisprudencias de mucho tiempo atrás la misma declaró que el artículo estaba ajustado a la Constitución”, señaló el dirigente gremial.

Además, Chaparro sostuvo que si se cae el mencionado artículo del código minero, se abriría un boquete para que se politizaran las decisiones sobre el desarrollo del país, y no solo del sector minero.

“Queremos alertar al país sobre las implicaciones que tendría esta decisión. Hoy es con la minería, pero mañana puede ser con las líneas eléctricas o una carretera, esto generaría profundas modificaciones en el modelo económico del país”, sostuvo Chaparro.

DECISIÓN NO SE APLICARÍA DE INMEDIATO

De acuerdo con la ponencia del magistrado Rojas Ríos, la declaratoria de la inconstitucionalidad del artículo 37 no debería regir inmediatamente, sino a partir del 20 de junio del 2015.

“La respuesta que ahora se dé por parte de la Corte Constitucional no puede conducir al vaciamiento de principios que están en permanente tensión con el principio de autonomía territorial”, dice la ponencia.

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