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Chile

Tras el fallo de la Corte Suprema, el siguiente paso para Endesa será la tramitación ambiental del "filtro" que se ubicará en la chimenea 2B de CAP.

Jueves 23 de Enero de 2014.- Si bien la Corte Suprema dio luz verde a la Central Punta Alcalde, que Endesa Chile quiere desarrollar en la localidad de Huasco, la compañía aún debe cumplir varias etapas antes de comenzar su construcción. La principal de ellas es la aprobación ambiental del precipitador electrostático o "filtro" que deben instalar en una de las chimeneas de una planta de CAP, ubicada en la misma zona, principal mitigación planteada por el Comité de Ministros.

En ese marco, la mayor generadora del país se encuentra negociando con la acerera CAP qué porcentaje de la inversión para el filtro que exige el dictamen colocará cada empresa. Esto puesto que sin dicho dispositivo instalado y funcionando, la central Puntal Alcalde no podrá operar.

"Tenemos que hacernos cargo del fallo de la Corte Suprema, tendremos que avanzar en la tramitación ambiental del precipitador electrostático que se ubicará en la chimenea 2B de CAP. Y una vez que ya contemos con la evaluación ambiental favorable de esa medida, contaremos con todos los permisos necesarios para la construcción del proyecto", explicó Sebastián Fernández, gerente de planificación energética de la compañía, quien agregó que sólo una vez que cuenten con este trámite ambiental aprobado comenzarán con el proyecto.

No obstante, el ejecutivo afirmó que en paralelo a la tramitación que CAP tendrá que ingresar por el nuevo filtro, Endesa "va a continuar con el desarrollo de la ingeniería necesaria para las especificaciones técnicas que serán requeridas para la licitación de la central".

De acuerdo con la compañía, todas estas aprobaciones tomarán entre 18 y 20 meses. Con lo cual, según detalló Fernández, con la RCA del precipitador en mano, sumado a los procesos de licitaciones, al desarrollo de la ingeniería y al tiempo de construcción - que se estima demoraría unos cuatro años - la planta podría iniciar su operación comercial a comienzos de 2019.


CONDICIONADO A CAP

Lo claro es que el dictamen condiciona a la operación de la planta, no así la construcción de la misma, a que se instale y se asegure el funcionamiento del filtro, el cual, tal como establece el fallo, "deberá funcionar con una eficiencia de abatimiento igual o superior al 90%, en una ubicación distante de 2 kilómetros aproximadamente de la ciudad de Huasco, de manera que (...) genere una mejora ambiental en la calidad del aire de MP10 de Huasco entre un 5% y un 16%, al menos, dependiendo de la ubicación exacta al interior de  dicha localidad".

Sin embargo, el fallo no obliga a CAP a instalar dicho dispositivo en su planta. Por lo cual las conversaciones entre ambas compañías son vitales para definir cómo van a financiar este filtro y también cómo Endesa asegurará el funcionamiento del mismo.

"CAP no tiene la obligación de instalar este precipitador. (...) Tenemos que crear un contrato que vialice la construcción del precipitador", agregó Fernández, quien no quiso adelantar el cuál sería el esquema de financiamiento.

En la misma línea, Endesa aún no posee estimaciones de cuánto podría aumentar el costo de Punta Alcalde. Fernández aseguró que cuando el proceso esté más avanzado será posible conocer la inversión necesaria para la central. "Lo que se declaró en el estudio de impacto ambiental fue del orden de los US$1.400 millones y la cifra final va a depender de las licitaciones que hoy están en estudio. Una vez que tengamos esos números vamos a tener la certidumbre en el presupuesto", remató.

Lo mismo sucede con el costo que tendría el filtro, aseguró el gerente. Este instrumento involucraría "una cifra importante del punto de vista de medida de compensaciones. Será una compensación muy elevada respecto de lo que hoy existen en otros proyectos".

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