Chile
La acción judicial buscaba la suspensión de la construcción y funcionamiento del tranque de relaves El Mauro, debido a la supuesta contaminación de las aguas. Este tranque tiene como objetivo el depósito de relaves producto de la labor extractiva de dicha empresa minera.
14 de Noviembre de 2012.- Acción judicial buscaba suspender la construcción y funcionamiento del tranque de relaves El Mauro, debido a una supuesta contaminación del agua
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó -por unanimidad de sus integrantes- el recurso de protección presentado por un grupo de pobladores de la localidad de Caimanes (comuna de Los Vilos) contra la empresa Minera Los Pelambres (MLP).
Cabe recordar que la acción judicial buscaba la suspensión de la construcción y funcionamiento del tranque de relaves El Mauro, debido a la supuesta contaminación de las aguas. Este tranque tiene como objetivo el depósito de relaves producto de la labor extractiva de dicha empresa minera. El recurso fue presentado en base a un informe elaborado por la Policía de Investigaciones (PDI).
Al respecto, el fallo cita el análisis del peritaje policial, efectuado por “GP Consultores Ltda”, donde se indica que “considerando que las mediciones efectuadas por MLP, DGA y Seremía de Salud, son consistentes entre sí, es dable concluir que los resultados del monitoreo de la PDI no son representativos de la calidad de las aguas del estero Pupío y del APR Caimanes, pudiendo existir problemas de contaminación en las muestras de la PDI o bien problemas en los métodos analíticos empleados por esa institución”.
Más adelante, el fallo afirma que en base a las información que han suministrado o emitido las autoridades u organismos técnicos, que son los llamados a fiscalizar la calidad de las aguas en el estero Pupío y del agua potable en Caimanes, es posible desde ya concluir que “en relación con el contenido del informe pericial ambiental de la Policía de Investigaciones de Chile, que la metodología empleada para obtener la información por la que acusa la existencia de elementos contaminantes más allá del rango permitido, carece de confiabilidad, y que, por el contrario, los resultados de todas las mediciones técnicas efectuadas por los órganos fiscalizadores han demostrado que las aguas cumplen con la norma chilena para uso potable y de riego, de manera que, en definitiva, no existe la grave contaminación que acusan los recurrentes”.
Finalmente, se precisa que “queda claro para esta Corte que el acto ilegal o arbitrario que se denuncia en el recurso, derivado del informe pericial medioambiental evacuado por la Policía de Investigaciones de Chile, no existe, puesto que no se ha constatado la concurrencia de factores provenientes del tranque de relaves El Mauro, que importen la contaminación de las aguas del estero Pupío, para uso potable o de riego, y los suelos del sector de Caimanes, en términos tales, que pongan en riesgo la vida y la salud de las personas, y sea un atentado al derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, como lo han afirmado los recurrentes”.
Cabe destacar que este recurso fallado por la Corte de Apelaciones de La Serena, no tiene relación con el juicio que se desarrolla desde el 30 de octubre en el Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle, contra cuatro abogados y un dirigente social que han sido imputados por la Fiscalía y Minera Los Pelambres por los delitos de prevaricación del abogado, suscripción engañosa de documentos, asociación ilícita y desórdenes públicos.
Diario El Día
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