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Perú

El DL 1100, según el TC, es compatible con los principios y valores de la Constitución porque compromete a las empresas con temas de seguridad, higiene, salud, moralidad y preservación del medio ambiente, tema que ha causado muchos conflictos sociales.

25 de Julio de 2012.- El Tribunal Constitucional (TC) negó la inconstitucionalidad del Decreto Legislativo 1100, el cual establece el proceso de formalización de la actividad minera a nivel nacional y prohíbe la utilización de dragas.

Esta sentencia publicada es una respuesta al gremio de mineros ilegales que vienen exigiendo la derogatoria de la norma antes mencionada.

El DL 1100, según el TC, es compatible con los principios y valores de la Constitución porque compromete a las empresas con temas de seguridad, higiene, salud, moralidad y preservación del medio ambiente, tema que ha causado muchos conflictos sociales.

NO MAS DRAGAS

El TC también se pronunció sobre el uso de dragas y las consideró que tienen incidencia negativa pues “ocasionan graves impactos de corto y largo plazo al ecosistema”. Por lo tanto, el DL 1100 que prohíbe su uso sí es constitucional.

Esta sentencia del TC es una respuesta a la Federación Minera de Madre de Dios que ha anunciado una movilización para agosto en caso que las normas que regulan la actividad minera no sean derogadas.

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